
Apostamos por la mediación como herramienta de solución pacífica de conflictos, facilitando que las partes dialoguen y tendiendo puentes para alcanzar acuerdos.
Principios fundamentales de la mediación
- Voluntariedad: Es un proceso voluntario en cualquier momento.
- Confidencialidad: Se garantiza el secreto de las sesiones de mediación.
- Imparcialidad: La persona mediadores debe ser neutral y debe procurar el equilibrio de las partes durante el procedimiento.
- Flexibilidad: Para poder adaptarse a las necesidades del caso y de las personas, debe ser un proceso flexible e innovador.
Principales ventajas de la mediación
- Se ahorra tiempo. Un proceso de mediación suele durar entre un mes o dos para llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes, mientras que un proceso judicial siempre dura más tiempo.
- El coste económico es menor. La solución del conflicto a través de la mediación puede suponer un ahorro del 60% sobre los gastos totales de un juicio.
- Los acuerdos se suelen cumplir. Son las partes quienes ponen la solución a sus problemas de común acuerdo. La persona mediadora ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo, facilitando el diálogo y dirigiendo las sesiones, pero los acuerdos los alcanzan las partes; por eso se suelen respetar más que una resolución judicial que impone el juzgado.
A través de la mediación se pueden tratar aspectos emocionales de las personas. Las emociones están presentes en los divorcios, en las herencias, en las relaciones vecinales, en las sociedades mercantiles familiares y en la mayoría de los conflictos que llegan a los juzgados, pero que estos no pueden llegar a entender y poner solución al problema de las emociones de las partes.
En el despacho Òscar Vañó Abogados trabajamos la mediación desde un punto de vista transversal. Por eso contamos con la colaboración de otros profesionales de otros ámbitos, como psicólogas, médicos, economistas, graduados sociales, … que son expertos en mediación y pueden ayudar a conseguir soluciones viables desde otra perspectiva en los siguientes campos:
- Civil.
- Familiar.
- Comunitaria.
- Mercantil.
- Concursal.
- Hipotecaria.
