Justicia Restaurativa
Si preguntas a cualquier persona qué tipo de gente se encuentran interna en prisión, seguramente te conteste: “delincuentes”. No obstante, en el mundo existen dos tipos de delincuentes, aquellos que son descubiertos y encarcelados, y el resto de la población. Esto es así puesto que probablemente todos hayamos cometido alguna ilegalidad en nuestra vida de cualquier tipo y haya pasado desapercibida. ¿Quién no ha conducido por encima del límite de velocidad alguna vez? ¿Nunca has firmado las notas por tu madre o una autorización para una excursión? ¿Te has quedado algo de valor que puedas haber encontrado por la calle? ¿O has insultado a alguien en una discusión?
Muchas veces hablamos de las segundas oportunidades e incluso las pedimos cuando cometemos un error, no obstante, cuando estas segundas oportunidades se refieren a personas penadas, salta la alarma. ¿Cabe la posibilidad de que una persona que haya sido condenada pueda reinsertarse en la sociedad y lograr pasar desapercibido? Pues bien, en ocasiones es necesario ayudar para que esto se pueda lograr, y en ello consiste la Justicia Restaurativa.
Las penas que se adoptan frente a los actos delictivos no están enfocadas a un castigo sin más, la finalidad de las mismas es tanto retributiva como restaurativa. Retributiva puesto que se trata de una forma de “pagar” por el delito que ha sido cometido, ya sea de manera económica, social o privativa de derechos; y restaurativa, porque lo que se intenta lograr es conseguir que la misma persona sea responsable de sus actos y consciente del daño que ha podido producir, bien a la sociedad en general (delito de salud pública), bien a una persona concreta (delito de lesiones). No obstante, esta última finalidad no es tan fácil de ver, ya que generalmente las penas son consideradas como castigos sin más, por ello mediante programas de restauración se intenta lograr evitar la reincidencia del penado y alcanzar la resocialización y adaptación en la sociedad.
Esta Justicia Restaurativa no solo se enfoca en la persona que ha cometido el hecho delictivo, sino también en la víctima. Normalmente, la justicia en los delitos penales aplica una pena al condenado y quizás una cantidad de dinero a la víctima en concepto de responsabilidad civil, pero ¿es siempre suficiente esto? En ocasiones, un simple perdón sincero o un acto que pueda compensar el daño sufrido nos aporta una paz que ni la pena aplicada ni el dinero que se pueda recibir te otorga. Estas necesidades que ayudan a continuar con la vida de la persona afectada no son tenidas en cuenta por nuestros Tribunales, y es que es casi imposible conocer las necesidades de cada uno. La restauración intenta conciliar tanto el daño sufrido por la víctima como ayudar al condenado a reinsertarse suponiendo un beneficio social.
Este tipo de programas no son demasiado conocidos, ni siquiera son ofertados de manera abierta, no obstante, son muy útiles. En un principio cuando alguien es condenado lo primero que le abruma es un sentimiento de enfado, abandono e incluso miedo, impidiéndole ver las posibles consecuencias de sus actos, porque en el fondo el egoísmo es un rasgo innato en las personas. A través de la Justicia Restaurativa, se intenta eliminar esos sentimientos que el sistema judicial les ha hecho sentir a lo largo de su proceso, e intentar hacerles ver más allá, responsabilizándole de sus delitos.
No debemos perder de vista que la reinserción es un derecho fundamental integrado en nuestra Constitución, la cual define las penas como un medio orientado a la reinserción y reeducación. Pese a que esto suponga un tema de debate, en especial para aquellas personas que se puedan haber visto afectadas por algún delito, especialmente grave, la Justicia Restaurativa es el principal medio para lograr proteger nuestra sociedad, sin abandonar a ningún ciudadano, siendo que todos y cada una de las personas tenemos el derecho a las segundas oportunidades en los errores que podamos cometer.
